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Alertas a la población. Proyecto de ley de Protección Civil

El consejo de ministros aprobó ayer el proyecto de Ley de Protección Civil que, entre otras cuestiones, parece (y digo parece porque Moncloa no publica el documento integro) regula con mayor precisión la “emisión de alertas a la población y deja abierta la posibilidad de que colaboren en estos asuntos diversas entidades que tengan entre sus fines la protección civil”. La redacción es un poco ambigua y da lugar a cualquier tipo de interpretación. No obstante, si quiere suponer un cambio relevante con respecto a la vigente Ley de Protección Civil de 1985 debería clarificar algunos aspectos. Pero antes de señalar cuáles quiero contaros una historia real.

Hace unos días comía con un periodista (de esos que se conocen el oficio al dedillo) que intentaba justificar porqué a veces las alertas meteorológicas que les llegan desde los servicios de emergencia deben esperar largo rato a ser publicadas. Me contaba que el redactor jefe de turno prefiere dar preferencia a terminar una información sobre la desarticulación de una banda de delincuentes. Y desde luego esa información va a pasar por delante del resumen de incidencias que se han producido.

La verdad es que no se trata aquí, ni mucho menos, de cuestionar el derecho a establecer la jerarquía informativa que tienen los medios, pero sí a contraponerlo al derecho a la seguridad ciudadana. Como se puede comprender cuando los técnicos de protección civil deciden, en función de un parte de la AEMET, difundir una alerta con unos determinados mensajes de autoprotección, no lo hacen por capricho. La decisión se toma en función de un plan de emergencia y de unos determinados umbrales de aviso. Por lo tanto, no nos deberíamos sorprender de los daños personales o materiales que se puedan producir por no difundir estos mensajes.

Portavoz

La nueva ley puede ser una gran oportunidad para acabar con la discrecionalidad mediática y servir, eso sí, para atribuir a los medios el papel de auténticos agentes de protección civil. En mi opinión, debe fijarse por ley la obligatoriedad de todos los medios informativos de difundir los mensajes de protección civil. Y no solo eso. Debería fijarse la obligatoriedad de que todas las administraciones cuenten con el personal y las herramientas adecuadas de comunicación online y offine para la difusión rápida y masiva de comunicación.

La torre de babel de las apps de emergencia

Asimismo, la ley (o la normativa que la desarrolle) debería poner ya las bases para solventar un grave problema (al menos. Mientras la UE no dicte una directiva). La proliferación de Apps de aviso a los centros de emergencias 112 y de estos a los ciudadanos es un problema que está poniendo las bases de una auténtica torre de babel de los avisos de emergencia.

Junto a estos problemas, debe contemplarse (como parece que la ley va establecer) la participación de otros actores que pueden apoyar a la administración (también en la difusión de sus mensajes o en la lucha contra bulos y rumores). Me refiero, como es lógico, a diversas ONGs del ámbito de las emergencias y la seguridad y por supuesto a los equipos VOST de voluntarios digitales en emergencias.

De no ser así, nos encontraremos de nuevo ante otra oportunidad perdida. Sería bueno que el legislador consultara con los especialistas en comunicación de emergencias, que haberlos haylos.

¿Tú qué opinas?